El 24 de enero del 2020, se publicó en el Diario Oficial “ El Peruano ”, el Decreto de Urgencia N ° 021-2020, el Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de Proyectos Especiales de Inversión Pública y dicta otras disposiciones (en adelante, el Decreto de Urgencia).
El objeto de este decreto es activar la actividad económica y modificar la efectiva prestación de servicios en beneficio de la población a través de un modelo que facilita la ejecución de inversiones públicas. Es decir, busca brindar facilidades y orden a los proyectos de inversión pública, mediante la aplicación de diferentes medidas
Sin embargo aquí detallamos cuales son las medidas que pueden adoptar los Proyectos Especiales mediante el nuevo Modelo de Ejecución de Inversiones Públicas
Es por ello que hemos clasificado estas medidas en dos grupos: En primer lugar, las medidas de carácter financiero específicas a las facilidades en la ejecución del gasto respecto a los proyectos de inversión pública; y en segundo lugar, las medidas de carácter funcional, que determinan la metodología de trabajo del MEIP y de los PEIP.
Respecto de las medidas financieras, el Decreto de Urgencia establece dos reglas importantes. Primero, indica que los PEIP contarán con una unidad ejecutora propia a fin de que puedan ejecutar el presupuesto de sus modificaciones pliegos, sin necesidad de depender de la unidad ejecutora del sector que corresponda; esto facilita y dinamiza su actividad financiera.
Asimismo, el titular del pliego que tiene a su cargo un PEIP estará autorizado para suscribir convenios de administración de recursos y sus respectivas adendas con organismos internacionales, así como realizar transferencias financieras a favor de estos.
Por otro lado, respecto a las medidas funcionales a las cuales hemos hecho referencia, encontramos que se autoriza a los PEIP para la aplicación de modelos contractuales de ingeniería de uso estándar internacional, los cuales son formas contractuales estándar, guías, y otra documentación de uso general en el mercado de la construcción que utilizan terminología y condiciones expresadas de una manera simple y clara, las cuales son creadas y actualizadas por organizaciones internacionales especializadas, con la finalidad de que los modelos contractuales se encuentren acordes a las necesidades de la industria de la construcción.
Los contratos estandarizados más comunes son los New Engineering Contract (NEC), International Federation of Consulting Engineers (FIDIC) y Engineering Advancement Association of Japan (ENAA). Los lineamientos para la utilización de estos modelos contractuales serán elaborados por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Además, se hace obligatorio el uso de la metodología colaborativa de modelamiento digital de información para la construcción o building information modeling (BIM), el cual es un conjunto de metodologías, tecnologías y estándares que permiten formular, diseñar, construir, operar y mantener una infraestructura pública de forma colaborativa en un espacio virtual.
Luego, exonera de las licencias de habilitación urbana o de edificación a las que hace referencia a la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, cuando se establece la ejecución de inversiones realizadas por un PEIP.
50% Complete
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua.